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Estatutos

junio 27, 2012

TITULO 14 : De la Modificación de Estatutos

Artículo 63°: Los presentes estatutos podrán modificarse por acuerdo adoptado en Junta General Extraordinaria de socios del Colegio, convocada especialmente para ese objeto, celebrada ante Notario Público. El acuerdo deberá adoptarse con […]
junio 27, 2012

TITULO 08 : De los Consejos de las Especialidades

Artículo 41°: Los socios del Colegio de Ingenieros de Chile A.G. que tengan un mismo título profesional o títulos similares o conexos según clasificación que hará el Consejo Nacional, formarán una Especialidad. […]
junio 27, 2012

TITULO 07 : De los Consejos Zonales

Artículo 33°: En cada ciudad que el Consejo Nacional determine, funcionará un Consejo Zonal del Colegio, el que estará integrado por siete miembros que serán elegidos por los socios que tengan derecho […]
junio 27, 2012

TITULO 06: Del Comité Ejecutivo

 Artículo 29°: Se establece un Comité Ejecutivo del Colegio, integrado por el Presidente, el Primer Vicepresidente, el Segundo Vicepresidente, el Secretario General y el Tesorero. Artículo 30°: Los Consejeros Nacionales integrantes del […]