Colegio de Ingenieros publica informe “Los Recursos Hídricos y La Constitución” para colaborar con la Nueva Carta Magna
La comisión Nueva Constitución, presidida por Fernando Echeverría e integrada por el presidente del gremio, Raúl Alcaíno, y los ingenieros Fernando Agüero, Elías Arze, Sergio Bitar, María Luisa De la Maza, Juan Carlos Latorre y Luis Valenzuela, vicepresidente de la Comisión, además de la participación del abogado Camilo Lledó presento el segundo de los informes elaborados por esta Comisión para contribuir en el proceso de redacción de la Nueva Carta Magna chilena.
El presente documento tiene por objeto realizar un aporte para la discusión constitucional relativa a los recursos hídricos.
La elaboración del presente informe contó con la valiosa colaboración de Humberto Peña, ingeniero civil hidráulico, especialista e investigador en hidrología y recursos hídricos, y los comentarios de la Comisión de Infraestructura Pública del Colegio de Ingenieros y de los investigadores James McPhee, de la División de Recursos Hídricos y Medio Ambiente del Departamento de Ingeniería Civil de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, y Sebastián Izquierdo, del Centro de Estudios Públicos (CEP).
Los Recursos Hídricos y La Constitución aborda el problema del agua desde un punto de vista legal y técnico. En el primer capítulo se busca contextualizar al lector sobre la materia, dando cuenta sobre la actual regulación constitucional y legal, incluyendo una breve revisión histórica de la legislación y proyectos de reforma presentado en los últimos años; la explicación de las principales características de los derechos de aprovechamiento de aguas, las herramientas de reasignación y las herramientas legales que existen hoy en día para combatir la escasez hídrica. Luego se realiza una revisión de las regulaciones de cuatro países similares a Chile en cuanto a sus condiciones hídricas, pero que sirven de referencia por tener una gestión más exitosa de las aguas. Estos son España, Australia, el Estado de California en Estados Unidos e Israel. Se concluyen las principales similitudes y diferencias de dichas regulaciones con la chilena. Todos estos países han fomentado la participación de privados y realización de inversiones para un mejor aprovechamiento del agua, y a su vez, han establecido mecanismos que permiten al Estado velar por una gestión eficiente del recurso. Finalmente, se mencionan algunas de las principales discusiones que se han dado por distintos actores respecto a la Constitución y los recursos hídricos.