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Reforma Tributaria y las modificaciones al sistema nacional

Reforma Tributaria y las modificaciones al sistema nacional

El Consejo de Especialidad de Ingeniería Comercial y Control de Gestión organizó la Charla “Impuesto a la Renta, empresas familiares y sus traspasos en vida a herederos”, exposición que estuvo a cargo por el Asesor Tributario, Luis Catrilef y el abogado, Franco Brzović, en la que entregaron algunos detalles acerca de la Reforma Tributaria que comienza a regir este año, y las modificaciones que conlleva para las empresas, la base de tributación, fin del FUT, bienes raíces, entre otros.

En primer lugar la reforma, además de extensa en sus alcances, en muy profunda, y afecta a toda la población, desde las personas más acomodadas hasta las personas más humildes, desde los grandes empresarios hasta los pequeños empresarios y emprendedores, desde los activos hasta los pensionados. Afecta las tasas, pero más importante es su efecto en la base, que se amplía enormemente, y en las atribuciones de impuestos internos.

El asesor tributario, Luis Catrilef explicó que el inicio de esta reforma tributaria parte en el aumento en el Impuesto de Primera Categoría o impuesto a las utilidades de las empresas que sube gradualmente de un 20% a un 25%, con un 10% agregado si la propiedad es de otra sociedad. Y una forma de atribuir las rentas a socios, accionistas, empresarios individuales y comuneros en proporción a la suscripción y pago del capital, es en caso de comunidades en proporción a su cuota o parte en el bien de que se trate. Entonces, la facultad para impugnar la forma de atribución, cuando no obedezcan a condiciones normales de mercado (partes independientes).

Ahora, el Servicio de Impuestos Internos (SII) considerará para su impugnación: funciones o actividades efectivamente asumidas por los socios o accionistas, en el desarrollo del giro u otros elementos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 E (facultad del SII para impugnar proceso de reestructuraciones empresariales entre partes relacionadas en el extranjero.)

También el SII podrá impugnar la atribución anterior, y liquidar o girar los impuestos de que se trate, cuando se hayan incorporado directa o indirectamente:

-Al cónyuge o conviviente de alguno de los socios.

-Sus ascendientes o descendientes.

-sus parientes colaterales hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

-Su pupilo o su guardador.

-Su adoptante o adoptado.

Para que ocurra esta impugnación, el SII debe establecer que dicha incorporación se ha llevado a cabo con el fin de disminuir la renta atribuida que hubiera correspondido al o los socios, comuneros o accionistas de no mediar tales incorporaciones.

Según lo señalado por el gobierno, este impuesto que se aplicará a las empresas seguirá rigiendo como un anticipo o crédito de los impuestos, con la finalidad de mantener un sistema integral y equitativo para todos los actores.

Como sostuvo Catrilef, también habrá cambios en la base de tributación y en el Fondo de Utilidades Tributables (FUT) en el que se verán modificaciones tales como:

– Se deben anotar en forma separada, las Inversiones recibidas en Acciones de Pago o Aportes en sociedades de personas, identificando al inversionista y los créditos que correspondan.

– De este Registro de Reinversiones, deberán deducirse las devoluciones de capital con cargo a estas cantidades y las sumas que deben considerarse como retiradas por haberse enajenado las acciones o derechos sociales. El FUT solo servirá para determinar los créditos que correspondan.

Respecto a la tributación de bienes raíces, el abogado Franco Brzović expuso que a partir del 2016 se reduciría a menos de la mitad el tope del crédito especial por el IVA en contra de los PPM que tienen las empresas constructoras.

A partir del 2017, la exención a las ganancias de capital en la venta no habitual de bienes raíces tendría un tope de 8.000 UF y se limitaría sólo a la propiedad que sea la primera vivienda del contribuyente. Durante el 2015 se derogaría el crédito por Impuesto Territorial que beneficia a inversionistas en bienes raíces no-agrícolas.

Al finalizar ambos expositores contestaron las preguntas del público que asistió a la Charla. Dudas y preocupación es lo que se percibe en todos los asistentes. LA REFORMA ES MUY PROFUNDA Y ES DEBER DE TODOS INFORMARNOS.

Charla Reforma Tributaria (Luis Catrilef)

Charla Reforma Tributaria( Franco Brzovic)

  • Charla “Impuesto a la Renta, empresas familiares y sus traspasos en vida a herederos” Charla “Impuesto a la Renta, empresas familiares y sus traspasos en vida a herederos” Asesor Tributario, Luis Catrilef
  • Charla “Impuesto a la Renta, empresas familiares y sus traspasos en vida a herederos” Charla “Impuesto a la Renta, empresas familiares y sus traspasos en vida a herederos” Asesor Tributario, Luis Catrilef
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  • Charla “Impuesto a la Renta, empresas familiares y sus traspasos en vida a herederos” Charla “Impuesto a la Renta, empresas familiares y sus traspasos en vida a herederos” abogado, Franco Brzović
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