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Alianza del Pacífico

¡Bienvenid@!

Bienvenida/o al portal de postulación al Registro Voluntario de Profesionales de la Ingeniería de la Alianza del Pacífico.

En el Marco de la Alianza del Pacífico, espacio de cooperación que impulsa una serie de iniciativas a desarrollar entre los países de México, Perú, Colombia y Chile, en marzo de 2020 se firmó el "ACUERDO PARA LA CREACIÓN DE UN REGISTRO VOLUNTARIO DE PROFESIONALES DE INGENIERÍA DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO" entre las siguientes entidades:

1. Colegio de Ingenieros del Perú
2. Comisión Técnica Consultiva de la Ingeniería de los Estados Unidos Mexicanos
3. Comité Mexicano para la práctica internacional de la Ingeniería, COMPII, de los Estados Unidos Mexicanos
4. Consejo Profesional Nacional de Ingeniería, COPNIA, de la República de Colombia
5. Consejo Profesional de Ingeniería Química, CPIQ, de la República de Colombia
6. Consejo Profesional de Ingeniería de Petróleos, CPIP, de la República de Colombia
7. Consejo Profesional Nacional de Ingenierías Eléctrica, Mecánica y Profesiones Afines de la República de Colombia
8. Consejo Profesional de Ingeniería de Transportes y Vías, CPITVC, de la República de Colombia
9. Consejo Profesional Nacional de Ingeniería Naval de la República de Colombia
10. Colegio de Ingenieros de Chile A.G.

Este Acuerdo permite a ingenieros/as de los países miembros facilitar la prestación de servicios de ingeniería y mejorar la visibilidad de los ingenieros para las empresas de los cuatro países con el respaldo de las entidades colegiadas firmantes del Acuerdo.

Para ello, el postulante cuyo título profesional ha sido obtenido en universidades chilenas:

1. Debe estar Colegiado.
2. Debe contar con experiencia demostrable en el ejercicio de la ingeniería de mínimo 5 años.
3. Debe demostrar que se mantiene actualizada/o por medio de formación académica continua y/o práctica profesional.
4. Debe demostrar que no está inhabilitado legalmente para ejercer la profesión ni debe tener antecedentes penales.
5. Debe demostrar conducta intachable y ética, reconocidas.

En caso de que la carrera de la cual ha egresado el postulante no esté acreditada (calidad educativa) conforme a la regulación en Chile, debe demostrar mínimo 7 años de experiencia. Si la carrera está acreditada, la acreditación debe estar vigente.

El Registro ha sido pensado para profesionales de la ingeniería que cuenten con un contrato de trabajo en el país de destino.

El Registro facilitará la formalización de su incorporación como profesional en Colombia, México o Perú, dependiendo del país que está contratando sus servicios. En particular:

En Colombia, permitirá acceder a la cédula que lo habilita profesionalmente para ejercer y que otorga COPNIA.

En México, recibirá la licencia para ejercer la profesión que entrega la Secretaría de Educación Pública (SEP).

En Perú, quedará habilitado para ejercer la profesión recibiendo desde el Colegio de Ingenieros del Perú, esa habilitación.

Procedimiento

Si el ingeniero que postula al registro y cumple con la formación, trayectoria profesional y requisitos, tendrá el reconocimiento formal por parte del Colegio de Ingenieros de Chile A.G. quien a su vez informará al país de destino al respecto. El país de destino, a su vez, hará un análisis de consistencia con los criterios nacionales para el ejercicio profesional y luego de constatar que el ingeniero satisface los requisitos nacionales, entonces se incorpora formalmente al registro.

Detalle del Procedimiento

1) Requisitos para postular al Registro:
- Completar y presentar el Formulario de Incorporación al Registro. Baje el formulario aquí
- Presentar imagen digital de la cédula de identidad por ambos lados o pasaporte, en formato pdf.
- Presentar imagen digital en formato pdf, del Contrato de trabajo del país de destino que indique el plazo y funciones a ejercer.
- Presentar imagen digital del título profesional.
- Indicar el N° de Registro en el Colegio de Ingenieros de Chile A.G.
- Presentar imagen digital del Certificado de Acreditación de la carrera.
- Presentar Currículum Vitae Actualizado. Baje el formato aquí
- Debe comprometerse a cumplir el Código de Ética del Colegio de Ingenieros de Chile. El Colegio de Ingenieros de Chile emitirá una declaración de conducta del postulante.
- Con el Formulario de Postulación, suscribirá la siguiente declaración:
“Por el presente acto de envío de la solicitud de Postulación al Colegio de Ingenieros de Chile A.G., declaro someterme a las medidas disciplinarias transfronterizas y a la aplicación de multas, restricciones o sanciones en caso de mala práctica profesional en el país de destino. Asimismo, autorizo al uso de los datos personales aquí entregados para los fines del Registro, de conformidad con la legislación de los Estados Parte del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico. Declaro comprometerme a respetar el Código de Ética Profesional vigente y expedido por del Colegio de ingenieros del país de destino”.
- Presentará el Certificado de Antecedentes Penales.
- Pagar US$ 50 por el proceso de postulación aquí

2) Carga los siguientes documentos Aquí
- Comprobante de transferencia electrónica del equivalente a US$ 50
- Formulario de incorporación Completo
- Imagen de Cédula de Identidad o pasaporte
- Imagen digital del Contrato de Trabajo del país de destino
- Imagen digital del Título Profesional
- Imagen digital de la acreditación vigente de la carrera
- Currículum Vitae actualizado en formato requerido y adjuntar todos aquellos documentos que demuestren la trayectoria laboral que se declara, tales como Certificados emitidos por el cliente o empleador, que expliciten el trabajo realizado y responsabilidades asumidas por el postulante. Particular interés tendrá aquel respaldo que se relacione directamente con la labor a desarrollar en el país de destino, para el cual el profesional está siendo contratado.

3)


- El Colegio de Ingenieros de Chile A.G. hará un análisis detallado y verificará los antecedentes recibidos, documentación enviada y cumplimiento de los requisitos, tendiendo en consideración la naturaleza de las funciones a cumplir por el profesional en el país de destino.
- El Colegio de Ingenieros de Chile informará al postulante mediante correo electrónico, de su paso a la siguiente etapa o la denegación a la solicitud, en un plazo máximo de 15 días corridos.
- Aprobada la solicitud del Postulante que involucra enviar al país de destino los antecedentes analizados, el postulante de Chile deberá pagar al país de destino el Arancel correspondiente:

4) En el país de destino
- El país de destino verifica la recepción del pago del arancel indicado.
- El país de destino analizará y verificará aquellos aspectos de la experiencia profesional del postulante que sea necesario según se describe en el Anexo II del “Acuerdo para la creación de un registro voluntario de profesionales de ingeniería de la Alianza del Pacífico”, cuyo detalle se podrá verificar aquí y tendiendo en consideración la naturaleza de las funciones a cumplir por el profesional en el país de destino.
- El país de destino aprueba los antecedentes y trayectoria del postulante o la rechaza.
- Con la aprobación de los antecedentes profesionales del postulante, lo incorpora al Registro Voluntario de Profesionales de Ingeniería de la Alianza del Pacífico.
- El país de destino solicitará la emisión de la licencia para ejercer la ingeniería a las entidades correspondientes de cada país.
- El país de destino tiene 15 días para informar al postulante mediante correo electrónico sobre su incorporación al registro con el envío de la licencia para ejercer la profesión.
- El Ingeniero postulante recibirá la licencia que lo habilita para ejercer la ingeniería en el país de destino, dándose por terminado el trámite.
- En caso de rechazo de la postulación, el postulante podrá apelar a la decisión al país de destino.